Certificados de ejecución de contratos

Expedición de certificados de ejecución de contratos celebrados al amparo de la legislación de contratación del sector público por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Contratos sobre los que se pueden solicitar certificados

La solicitud de certificados de ejecución de contratos a través de esta sede electrónica es aplicable exclusivamente a los contratos celebrados con algún órgano de contratación del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

Para contratos celebrados con otros ministerios u otras administraciones como Comunidades Autónomas o Ayuntamientos se deberá realizar la solicitud a dichos órganos de contratación.

En el supuesto de solicitar un certificado para acreditar la solvencia técnica en una licitación de ámbito nacional o para obtener la clasificación de contratistas ante la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda, se expedirá un certificado de acuerdo con los modelos establecidos por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa señalada.

Tipos de certificados cuya expedición se puede solicitar

En el caso de solicitar un certificado para acreditar la solvencia técnica en una licitación de ámbito internacional, se expedirá el modelo de certificado que se contiene en la Orden del Ministro de Fomento de 30 de enero de 2018. En estos casos, si así lo solicita, una vez expedido el certificado se practicará de oficio por el Ministerio la correspondiente diligencia de verificación de firmas, necesaria para que el solicitante pueda cumplimentar los trámites correspondientes ante el Ministerio de Justicia para solicitar la Apostilla de la Haya, en el caso de que vaya a presentar la documentación en el extranjero en países adheridos al Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961 , o ante el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, para solicitar la legalización de la firma de la diligencia, cuando el certificado vaya a presentarse en un país no adherido.

Los modelos de certificados son los siguientes:

Forma de presentar las solicitudes de expedición de certificados de ejecución de contratos

Las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligadas a relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos por lo que la solicitud de certificados de ejecución deben realizarla exclusivamente a través de esta sede electrónica, cumplimentando el formulario de solicitud que se contiene en la misma. La elaboración y expedición de estos certificados se realizará a través de medios electrónicos.

Las personas físicas que no deseen relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos pueden solicitar la expedición de estos Certificados por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la referida Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Para presentar una solicitud que inicia un procedimiento administrativo, debe realizarse a través del apartado “tramitación electrónica”.

Por el contrario, cuando lo que se pretende es remitir nueva documentación sobre un procedimiento ya iniciado, debe realizarse a través de “seguimiento de trámite”.

Cuando se reciban dos o más solicitudes de certificaciones sobre el mismo objeto, de conformidad con el artículo 57 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procederá a la acumulación en un único expediente, y consecuentemente sólo se emitirá un certificado.

El régimen jurídico aplicable a la solicitud, tramitación, expedición y archivo de los certificados de ejecución de contratos del sector público es el establecido con carácter general en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al no existir una normativa específica reguladora del procedimiento. Igualmente, resulta aplicable la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 

Así mismo, en relación con los certificados certificado para acreditar la solvencia técnica en una licitación de ámbito nacional o para obtener la clasificación de contratistas ante la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda, se deben cumplir los requisitos establecidos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. 

Finalmente, mediante Orden del Ministro de Fomento de 30 de enero de 2018, se han aprobado unas Instrucciones internas para ordenar la forma en la que los distintos órganos administrativos del Ministerio de Fomento deben tramitar las solicitudes de expedición de estos certificados de ejecución de contratos. Estas Instrucciones carecen de efectos jurídicos frente a los solicitantes de estos certificados.