Alta de tripulantes extranjeros

Mediante el procedimiento de Alta de tripulantes extranjeros se puede registrar en las bases de datos de la Dirección General de la Marina Mercante a los tripulantes extranjeros y las titulaciones extranjeras que poseen, así como las titulaciones obtenidas en el extranjero por tripulantes nacionales.

Es indispensable dar de alta mediante este procedimiento a los tripulantes extranjeros o las titulaciones obtenidas en el extranjero por tripulantes nacionales, con carácter previo al enrole del tripulante mediante el procedimiento de gestión del rol.

Información requerida:

  1. Nombre y apellidos del tripulante
  2. Nacionalidad
  3. Documento de identificación
  4. Fecha de nacimiento
  5. Certificados que garanticen la idoneidad del tripulante para el cargo

 

  • Plazo de resolución: No aplica.
  • Sentido del silencio: No aplica.