Mediante el procedimiento de Alta de tripulantes extranjeros se puede registrar en las bases de datos de la Dirección General de la Marina Mercante a los tripulantes extranjeros y las titulaciones extranjeras que poseen, así como las titulaciones obtenidas en el extranjero por tripulantes nacionales.
Es indispensable dar de alta mediante este procedimiento a los tripulantes extranjeros o las titulaciones obtenidas en el extranjero por tripulantes nacionales, con carácter previo al enrole del tripulante mediante el procedimiento de gestión del rol.
Información requerida:
- Nombre y apellidos del tripulante
- Nacionalidad
- Documento de identificación
- Fecha de nacimiento
- Certificados que garanticen la idoneidad del tripulante para el cargo
- Plazo de resolución: No aplica.
- Sentido del silencio: No aplica.