Programa de subvenciones en concurrencia no competitiva del eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha activado el programa de eco-incentivos al transporte sostenible con una dotación presupuestaria inicial de 120 millones de euros, que se distribuirán, en los próximos años, entre el modo marítimo y ferroviario en función de la demanda. En esta página encontrará toda la información disponible sobre la primera fase de la convocatoria del programa de eco-incentivos para impulso del transporte marítimo de mercancías, que cuenta con un crédito inicial de 60 millones de euros distribuidos equitativamente en tres anualidades que, en su caso, se ajustará en función de la demanda real.

Estas ayudas se regulan en la Orden TMA/391/2022, de 26 de abril (BOE del 5 de mayo de 2022) por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en concurrencia no competitiva, del eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico en el marco de la medida 5 de la inversión 4 del componente 6 del PRTR, así como el procedimiento y la convocatoria para la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión.

El 7 de octubre de 2024 se publicaron en el BOE la Orden TRM/1073/2024, de 30 de septiembre, sobre delegación de competencias, y la resolución de 1 de octubre de 2024 de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible sobre delegación de competencias, donde se aprueba la delegación en la persona titular de la Subdirección General de Planificación, Red Transeuropea y Logística de las competencias atribuidas al denominado responsable de operaciones en el uso de la plataforma informática MINERVA, definida en la Orden HFP/55/2023, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. También se mantiene la delegación de las competencias como órgano instructor del procedimiento de concesión de subvenciones en la persona titular de la Subdirección General, actualizando la delegación que ya existía por aplicación de la Resolución de 1 de agosto de 2022, que queda revocada.

El programa de eco-incentivos tiene por objeto subvencionar el uso de servicios de transporte marítimo de mercancías de forma proporcional a un mérito ambiental y socioeconómico demostrado, medido como reducción de costes externos del modo marítimo respecto del modo carretera, contribuyendo indirectamente a la consolidación, desarrollo y mejora del desempeño ambiental de los citados servicios de transporte marítimo. Se consideran factores de coste externo, de acuerdo con el manual de costes externos del transporte de la Comisión Europea, los siguientes:

  • Ambientales: Efecto invernadero (el equivalente de dióxido de carbono, CO2 eq.) y Contaminación atmosférica (óxidos de azufre, Sox; óxido de nitrógeno, NOx; y, partículas).
  • Socioeconómicos: Congestión, Accidentalidad y Ruido.

Los potenciales beneficiarios generan el derecho a percibir el eco-incentivo por embarcar unidades elegibles (semirremolques, remolques y vehículos pesados rígidos) a un buque ro-ro, con-ro o ro-pax en alguno de los servicios elegibles que aparecen en el Anexo II de la correspondiente convocatoria, en lugar de utilizar la carretera para trasladar la mercancía a su destino final. Estos servicios habrán sido previamente identificados a través de un proceso de selección de entidades colaboradoras del programa de ayudas.

La convocatoria de selección de entidades colaboradoras es un procedimiento de selección de navieras que cuentan con servicios que resulten elegibles de acuerdo con las bases reguladoras y que colaborarán en la gestión de este programa de subvenciones. Para ello, por un lado, operarán el servicio cuyo uso constituya la actividad subvencionable y, por otro, suministrarán a la administración información necesaria para la gestión del programa.

3.ª convocatoria de Beneficiarios: Periodo de solicitud de ayudas del 1 de abril al 2 de junio de 2025

El 3 de abril se publicó en el BOE el Anuncio de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible de la publicación de la Orden Ministerial por la que se resuelve la tercera selección de entidades colaboradoras del programa de eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU.

El 7 de mayo se publicó en el BOE el extracto de la Orden Ministerial de 29 de abril de 2024 por la que se aprueba la tercera convocatoria de subvenciones en concurrencia no competitiva del Eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU para el periodo de elegibilidad 2024-2025. En ella, se detallan los servicios elegibles y el valor del eco-incentivo asociado.

La convocatoria subvencionará los tráficos realizados desde el 8 de mayo de 2024 hasta el 31 de marzo de 2025.

Abierto el plazo de solicitud de ayudas ¡Novedad!

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha abierto el plazo para solicitar las ayudas correspondientes a la tercera convocatoria. El plazo de presentación de solicitudes comienza el 1 de abril.

El 2 de junio de 2025, se aprobó un acuerdo de extensión del plazo de presentación de solicitudes hasta el 16 de junio. El 4 de junio de 2025 se publicó en el BOE el extracto de modificación del Extracto de la Orden de 29 de abril de 2024, que valida el acuerdo.

La documentación se presentará por vía electrónica en el portal de gestión de subvenciones de esta sede.

Para el tratamiento de los servicios elegibles desde o hacia el Puerto de Valencia que fueron trasladados al Puerto de Sagunto como consecuencia de los efectos de la Dana, consulte este documento

Conforme a lo establecido en el artículo 10.1.a) de la Orden Ministerial de 29 de abril de 2024 por la que se aprueba la tercera convocatoria de subvenciones del eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías, se proporciona las tablas de datos necesarios para obtener el número de escala para cada uno de los servicios subvencionados durante el periodo de devengo. 

Dichos números de escala deberán de incluirse en la columna correspondiente del fichero de datos D00.

El listado proporcionado es general y de carácter informativo. Puede contener números de escalas de servicios no elegibles. En caso de detectarse alguna escala que no figure en el listado, deberá igualmente cumplimentarse en el fichero D00.

Nota aclaratoria de aplicación de la normativa de la Ley General de Subvenciones (LGS) sobre plazos de pago:

De acuerdo con el artículo 16.8 de la Orden Ministerial de 29 de abril de 2024 que aprueba la tercera convocatoria, se proporciona el listado actualizado de los servicios que devengan eco-incentivo en esta tercera convocatoria. Se consignan los servicios vigentes en cada rango de fechas y los cambios que hayan sido autorizados o que esté previsto implementar en fechas futuras.

Actualización 4 de septiembre de 2024

Tráficos subvencionables – Actualmente vigentes desde el 8 de mayo de 2024 hasta el 31 de marzo de 2025
Puertos servicioEco-incentivo (€/Unidad elegible)Entidad colaboradora
Barcelona-Livorno29,3GRIMALDI EUROMED SPA
Barcelona-Savona26,2GRIMALDI EUROMED SPA
Sagunto-Salerno91,3GRIMALDI EUROMED SPA
Santander-Dublín60,9CLdN RoRo SA
Valencia-Livorno102,8GRIMALDI EUROMED SPA
Valencia-Savona101,2GRIMALDI EUROMED SPA
Vigo-Montoir69,0FLOTA SUARDIAZ SL

 

Tráficos subvencionables-Vigentes únicamente desde el 8 de mayo hasta el 25 de junio de 2024
Puertos servicioEco-incentivo (€/Unidad elegible)Entidad colaboradora
Bilbao-Rosslare14,8BRITTANY FERRIES BILBAO SL

Acuerdo de suspensión del servicio Bilbao-Rosslare

Tráficos subvencionables-Vigentes únicamente desde el 8 de mayo hasta el 14 de agosto de 2024
Puertos servicioEco-incentivo (€/Unidad elegible)Entidad colaboradora
Bilbao-Zeebrugge6,9FINNLINES OYJ
Vigo-Zeebrugge132,6FINNLINES OYJ

Acuerdo de suspensión de los servicios Vigo-Zeebrugge y Bilbao-Zeebruggea

Tráficos subvencionables-Vigentes únicamente desde el 8 de mayo hasta el 4 de septiembre de 2024
Puertos servicioEco-incentivo (€/Unidad elegible)Entidad colaboradora
Santander-Zeebrugge51,7CLdN RoRo SA

Acuerdo de suspensión del servicio Santander – Zeebrugge

El 29 de marzo de 2023 se firmó la Orden Ministerial de declaración de entidades seleccionadas en el segundo proceso de selección del programa de eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías.

El 28 de abril de 2023 se publicó en el BOE el extracto de la “Orden Ministerial de 26 de abril de 2023 por la que se aprueba la segunda convocatoria de subvenciones en concurrencia no competitiva del Eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU para el periodo de elegibilidad 2023-2024”, que dará continuidad al programa de eco-incentivos marítimos iniciado en 2022.

El 21 de febrero de 2024 se ha publicado en el BOE el extracto de la Orden por la que se modifica la Orden Ministerial por la que se aprueba la segunda convocatoria de subvenciones en concurrencia no competitiva del eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia – financiado por la unión europea – NextGenerationEU para el periodo de elegibilidad 2023-2024, donde se informa del cambio producido en el Anexo II “Relación de servicios elegibles y valor del eco-incentivo”, siendo aplicable desde el 8 de noviembre de 2023 y del Servicio sustitutivo del servicio BRI_BIO – ROS, vigente para el periodo comprendido entre el 8 de noviembre de 2023 y el 24 de marzo de 2024.

En el anexo II de la Orden Ministerial se detallan los servicios elegibles y el valor del eco-incentivo asociado.

La convocatoria subvenciona los tráficos realizados desde 29 de abril de 2023 hasta el 31 de marzo de 2024.

El periodo de solicitud de ayudas comenzó el 1 de abril y finalizó el 30 de junio de 2024. Se pudieron presentar solicitudes hasta el día 1 de julio de 2024 a las 23:59 h. ya que, aunque el periodo de elegibilidad terminó el 30 de junio, domingo, cuando el último día del plazo es inhábil, se entiende prorrogado al primer día hábil siguiente tal y como se establece en el artículo 30.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede descargar aquí el contenido del webinar informativo sobre el procedimiento de solicitud de ayudas 

El 21 de agosto de 2024, se publicó en el BOE el Anuncio de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible por el que se hace pública la relación definitiva de solicitudes admitidas al procedimiento de revisión, evaluación y concesión de las ayudas en la segunda convocatoria de subvenciones en concurrencia no competitiva del ecoincentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico.

Con fecha de 20 de noviembre de 2024, se publicó en el BOE el extracto de la Orden Ministerial aprobada el 11 de noviembre de 2024, por la que se amplía el plazo de resolución hasta el 31 de marzo de 2025.

Con fecha de 23 de abril de 2025, se ha publicado en el BOE el anuncio de la propuesta de resolución provisional de concesión de las ayudas de la segunda convocatoria de subvenciones en concurrencia no competitiva del eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico correspondiente al periodo de elegibilidad 2023-2024, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU.

Los interesados que los estimen conveniente disponen de CINCO (5) días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en BOE para formular alegaciones y, en su caso, renunciar a la subvención propuesta provisionalmente. Aquellos solicitantes propuestos como beneficiarios de una subvención superior a 30.000 euros disponen de esos mismos CINCO (5) días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación en el BOE para presentar la acreditación del cumplimiento del requisito establecido en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  • CERTIFICADO DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN: Únicamente en el caso de entidades españolas que, de acuerdo con la normativa contable, pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada. No debe utilizarse este certificado en el caso de que, de acuerdo con la normativa contable, no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, debiendo optar en ese caso por la presentación del certificado de auditor sobre las últimas cuentas auditadas o un informe de procedimientos acordados; o bien el justificante de haber encargado dichos trabajos al auditor, si no fuera posible entregarlos en el plazo concedido, debiendo entregar los resultados antes de la resolución definitiva, en todo caso.
     
  • DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA ENTIDADES EXTRANJERAS: Únicamente se utilizará este modelo en el caso de entidades extranjeras cuando el Estado miembro o el país de que se trate no expida los documentos o certificados. La declaración responsable debe ser hecha por el interesado ante una autoridad judicial o administrativa competente, un notario o un organismo profesional o mercantil competente del Estado miembro o país de origen o del Estado miembro o país en que esté establecido el operador económico.

El 30 de abril de 2025, ante la situación generada por el apagón eléctrico del 28 de abril de 2025 y las incidencias que ello ha provocado en el funcionamiento de la sede electrónica, se amplió mediante una resolución de la Secretaría de Estado el plazo para presentar las alegaciones.

El 5 de mayo de 2025, tras el restablecimiento pleno de la sede electrónica, se notificó mediante resolución de la Secretaría de Estado que el plazo de presentación de alegación finalizaba el 6 de mayo de 2025.

Documentación a disposición

El 26 de agosto de 2022 se publicó la Orden TMA/821/2022 por la que se resuelve la concesión de la condición de entidad colaboradora para la primera convocatoria del programa de eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías.

El 20 de septiembre de 2022 se publicó en el BOE el extracto de la Orden Ministerial de la 1ª convocatoria de beneficiarios por la que se aprueba la primera convocatoria de subvenciones en concurrencia no competitiva del Eco-Incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia- financiado por la UniónEuropea - NextGenerationUE para el periodo de elegibilidad 2022-2023.

Podrán tener la condición de beneficiarios todas aquellas personas físicas o jurídicas establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea que hayan realizado el pago del flete marítimo correspondiente a la actividad subvencionable, ya se trate del cargador, del transportista o del operador de transporte.

Publicación de Propuesta de Resolución provisional

El 28 de febrero de 2024 se publicó en el BOE el extracto de la Propuesta de Resolución Provisional de la primera convocatoria de ayudas del programa eco-incentivo marítimo.

Seguidamente, se procedió a la presentación de las alegaciones que los solicitantes estimaron convenientes, ante la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible en el plazo de CINCO (5) días hábiles a contar desde el siguiente al de publicación en el Boletín Oficial del Estado del extracto de esta propuesta de resolución provisional.

Con fecha 5 de abril de 2024 se ha publicado en el BOE el Extracto de la resolución definitiva del Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible de concesión de las ayudas de la primera convocatoria del programa de ecoincentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU. Periodo de elegibilidad 2022-2023. Puede consultar en este enlace la Resolución definitiva de la primera convocatoria completa incluyendo en su anexo el listado de beneficiarios.

Tras la publicación de la resolución definitiva, los beneficiarios, en el plazo de quince (15) días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación, deberán presentar los documentos de acreditación del cumplimiento de las obligaciones de información, comunicación y publicidad, así como la declaración responsable facilitada.