Premios de la Casa de la Arquitectura 2025

La Ley 9/2022, de 14 de junio, de Calidad de la Arquitectura, reconoce en su artículo 7 que, es función de la Casa de la Arquitectura la organización y difusión de los premios que supongan un reconocimiento de prestigio en el ámbito de la arquitectura, así como el impulso de la mejora de la calidad y fomenten la creatividad e innovación.

El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, mediante los premios de la Casa de la Arquitectura, quiere otorgar reconocimiento público a profesionales y empresas que hayan contribuido significativamente al incremento del prestigio de la arquitectura española con el fin de poner en valor la calidad arquitectónica española, como promulga el artículo 4 de la Ley 9/2022, de 14 de junio, de Calidad de la Arquitectura.

La Orden VAU/1186/2024, de 21 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios de la Casa de la Arquitectura, regula el procedimiento de concesión de estos premios, señalando que las correspondientes convocatorias establecerán las categorías de premios concretas de premios para el ejercicio en el que tengan lugar.

En consecuencia, en el Boletín Oficial del Estado del día 18 de diciembre de 2024 se publica la convocatoria de los premios de la Casa de la Arquitectura para el año 2025. Entre los objetivos a perseguir se encuentran el fomento de la investigación y generación de conocimiento interdisciplinar en el ámbito de la arquitectura promoviendo la innovación como respuesta a los grandes retos colectivos.

Esta convocatoria se rige por la mencionada resolución, así como por las bases reguladoras establecidas en el Orden VAU/1186/2024.

Como aspectos más destacados de la convocatoria, pueden destacarse los siguientes:

  • Importe máximo imputable a la convocatoria: 90.000 €
  • Plazo de presentación de solicitudes: 30 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado.
  • Candidatos: Podrán presentar candidaturas las personas físicas y jurídicas de nacionalidad española, o que tengan su residencia fiscal en España y se encuentren legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • Quedan excluidas las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes del sector público, así como universidades públicas y privadas.
  • Categorías: Ligadas a principios de calidad de la arquitectura, y reflejo de la capacidad de la disciplina de unir arte, cultura, humanismo y técnica para abordar los desafíos más urgentes de nuestra sociedad, se convocan las siguientes categorías de premios.
    • ES_ADAPTABILIDAD: Actuaciones que reflexionen sobre los nuevos modos de habitar e incorporen propuestas tipológicas respondiendo a los retos futuros.
    • ES_COHESIÓN: Intervenciones en el espacio público, equipamientos o arquitecturas cuyo impacto facilite una mayor inclusión social y territorial.
    • ES_INNOVACIÓN: Actuaciones que propongan nuevos planteamientos programáticos, tipológicos y/o constructivos.
    • ES_ACCIÓN PÚBLICA: Actuaciones fruto de convocatorias o programas promovidos por las Administraciones Públicas. Se premiará el producto arquitectónico derivado de dichas acciones, visibilizando la acción pública posibilitadora de la arquitectura de calidad.
    • ES_EFÍMERAS: Intervenciones temporales que propicien una reflexión crítica del entorno urbano y faciliten el diálogo y el encuentro de las personas.
    • ES_INVESTIGACIÓN: Iniciativas que contribuyan a difundir la arquitectura a través de publicaciones, tesis, congresos, festivales, jornadas, programas formativos, talleres, ponencias, proyectos audiovisuales u otros de similar naturaleza visibilizando otras formas de ejercer la profesión.

Documentación a aportar: Adjuntar al formulario de solicitud de la sede electrónica:

  • Un máximo de 8 fotografías de la intervención.
  • Dos paneles A3 que contengan la documentación técnica o descriptiva de la propuesta.
  • Opcionalmente se podrá incluir un vídeo representativo del proyecto que se presenta, de máximo 60 segundos de duración.
  • Declaración responsable de que la persona candidata se halla al corriente de las obligaciones tributarias y de la seguridad social conforme el artículo 13.2.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Denominada lema_anexo.pdf.
  • Título universitario de Arquitectura obtenido en una Universidad oficial española, o la autorización a su consulta de datos por medios electrónicos. O credencial de homologación expedida por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en el caso de títulos extranjeros de educación equivalentes a Arquitectura o la autorización a su consulta de datos por medios electrónicos.
  • Certificado final de obra, acta de recepción por parte del promotor o declaración jurada de los autores en caso de no darse ninguna de las dos anteriores para la acreditación temporal de actuaciones de obras de edificación, urbanismo, paisajismo, efímeras.
  • Declaración responsable del autor sobre la finalización o puesta en marcha de la actividad para acreditación temporal en el caso de otras realizaciones.

Plazo de ejecución: Podrán presentarse actuaciones, intervenciones e iniciativas que hayan sido finalizadas entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2024.

Procedimiento de resolución: Conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de la Orden de bases reguladoras de estos premios.

En el siguiente enlace Dossier Premios de la Casa de la Arquitectura 2025 se puede encontrar un breve documento que resume los principales aspectos de la convocatoria, incluyendo los requisitos, la documentación necesaria y el procedimiento para la presentación de propuestas.