Procedimiento de concesión de las ayudas directas al transporte de viajeros colectivo urbano e interurbano competencia de las comunidades autónomas y de entidades locales para el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026

Sistema de ayudas directas al transporte terrestre de viajeros establecido en el Capítulo III del Real Decreto-ley 17/2025, de 23 de diciembre, de medidas de promoción del uso del transporte público mediante la bonificación de abonos y títulos multiviaje.

Los contenidos de la sede electrónica tienen carácter informativo. El marco regulatorio del sistema de ayudas queda conformado por el Real Decreto-ley 17/2025, de 23 de diciembre y sus disposiciones de desarrollo, por lo que se recomienda encarecidamente su lectura a las entidades interesadas.

Objetivo de las ayudas

Las ayudas están destinadas a la reducción de precios de títulos multiviaje y abonos en el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, dirigidos a la población infantil y juvenil, así como los dirigidos al resto de usuarios excluidos el billete de ida y vuelta y los títulos turísticos de cualquier naturaleza similar.

Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas:

  • Comunidades Autónomas
  • Entidades locales.
  • Entes locales supramunicipales que agrupen varios municipios.

Las entidades beneficiarias deberán cumplir con los requisitos aplicables definidos en el Real Decreto-ley 17/2025, de 23 de diciembre.

Solicitudes

  • Plazo de presentación: hasta el 30 de abril de 2026.
  • Las solicitudes se presentarán a través de esta Sede Electrónica. Todas aquellas solicitudes, así como el resto de documentación del procedimiento, que sean presentadas en un procedimiento distinto al indicado serán inadmitidas.
  • Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación exigida en el Real Decreto-ley 17/2025, de 23 de diciembre, ajustándose al contenido de los formularios, modelos de declaraciones responsables y los demás documentos electrónicos disponibles en la Sede Electrónica.
  • Si se detectaran defectos u omisiones subsanables o se necesitara información complementaria, se requerirá al solicitante, mediante notificación electrónica, para que, en un plazo máximo de diez días hábiles, subsane las faltas o acompañe los documentos necesarios.

Procedimiento

El medio de publicación de todos los actos administrativos del procedimiento, surtiendo en todo caso los efectos de notificación, será esta Sede Electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

Contacto

Se encuentra disponible el buzón adat.movilidad@transportes.gob.es, al que los interesados pueden remitir cualquier duda o consulta sobre el procedimiento y la presentación de solicitudes.

Anuncio de la Dirección General de Estrategias de Movilidad por el que se hace pública la relación definitiva de solicitudes admitidas al procedimiento de revisión, evaluación y concesión de la convocatoria de ayudas directas al transporte colectivo urbano e interurbano competencia de las comunidades autónomas y de entidades locales reguladas en el capítulo III del Real Decretoley 17/2025, de 23 de diciembre, de medidas de promoción del uso del transporte público mediante la bonificación de abonos y títulos multiviaje.

Fecha de publicación: 30 de junio de 2026.

Resolución de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se fijan el importe total de la subvención y los criterios de cálculo de la cuantía de subvención y anticipo a conceder en la convocatoria de ayudas directas al transporte terrestre de viajeros reguladas en el Capítulo III del Real Decreto-ley 17/2025, de 23 de diciembre, de medidas de promoción del uso del transporte público mediante la bonificación de abonos y títulos multiviaje.

Fecha de publicación: 14 de julio de 2026.