Solicitud de baja en el Registro de empresas postales
Las persona físicas o jurídicas inscritas en el Registro están obligados a solicitar la baja en el mismo cuando cesen en la prestación de servicios postales en el plazo máximo de un mes desde el momento en que se produzcan.
Sujetos obligados
Personas físicas y jurídicas inscritas en el Registro general de empresas prestadoras de servicios postales.
Documentación requerida
No es necesaria. Opcionalmente puede enviarse cualquier documento que acredite el cese de la actividad postal.
Procedimiento
El trámite se realiza de forma telemática a través de la sede electrónica.
Se accede a través de la opción “Iniciar trámite”. En el espacio destinado a ello se exponen las circunstancias producidas y se solicita la baja en el Registro.
Resultado
El Registro comunicará la modificación/baja mediante una notificación la cual podrá ser comparecida en la sede electrónica en el apartado “Mis trámites. Notificaciones y comunicaciones”. Adicionalmente, si se facilita un correo electrónico de contacto, se enviará un email avisando de la puesta a disposición de dicha notificación.