Renovación de la inscripción en el Registro General de empresas prestadoras de servicios postales

La renovación de la inscripción en el Registro general de empresas prestadoras de servicios postales debe realizarse todos los años en el plazo establecido en la norma vigente: desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo.

Sujetos obligados

Personas físicas y jurídicas inscritas en el Registro general de empresas prestadoras de servicios postales con fecha anterior al 1 de enero del año en curso.

Documentación requerida y obligatorio

  • Formulario de renovación de inscripción en el Registro general de empresas prestadoras de servicios postales debidamente relleno y firmado.
  • Justificante del pago de la Tasa por Inscripción en el Registro General de empresas prestadoras de servicios postales (032) seleccionando, según proceda, la opción “Renovación de la inscripción en la sección A”, “Renovación de la inscripción en la sección B”, o ambas.

Procedimiento

El trámite se realiza de forma telemática a través de la sede electrónica.

Se descarga, se rellena y se firma el documento PDF “formulario de renovación de inscripción”.

La tasa se abona desde Inscripción en el Registro General de empresas prestadoras de servicios postales. En la opción “Con certificado” se paga directamente. En la opción “Sin certificado” se generan los impresos y se paga en el banco. En ambas opciones se debe elegir “Tasa 032 Inscripción en el registro general de empresas postales.

Los documentos se remiten a través de la opción “Iniciar trámite”.

Resultado

El Registro emite una certificación acreditativa de la renovación de la inscripción que se notifica al correo electrónico del solicitante y se puede descargar desde la sede electrónica del Ministerio en la opción “Mis trámites. Notificaciones y comunicaciones”.

Una vez validada la documentación por la Subdirección General de Régimen Postal, ésta renovará, de oficio, la inscripción en el Registro General de empresas prestadoras de servicios postales (Sección A) la situación administrativa y los datos relativos al prestador de servicios postales.

Como justificante de esta inscripción, la SG de Régimen Postal le notificará un Certificado Registral.