Sujetos obligados
Personas físicas y jurídicas que hayan abonado tasas postales (032 / 033) de forma indebida o duplicada.
Documentación requerida
- Formulario de la Solicitud de devolución.
- Documento que acrediten el ingreso indebido (modelo 790 de pago de tasas, documento bancario que acredite el ingreso indebido, etc).
Procedimiento
El trámite se realiza de forma telemática a través de la sede electrónica.
Se descarga, se rellena y se firma el documento PDF “Formulario de la solicitud de devolución”.
El formulario y el resto de los documentos se remiten a través de la opción “Tramitación electrónica. Iniciar”.
Resultado
La Subdirección General de Régimen Postal elabora la documentación correspondiente que elevará a la Agencia Estatal de Administración Tributaria para que proceda a la devolución. Esta circunstancia se notifica al correo electrónico del solicitante y se puede descargar desde la sede electrónica del Ministerio en la opción “Mis trámites. Notificaciones y comunicaciones”.